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Orden EMT/66/2025, de 30 de abril, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2026.
La Generalitat de Cataluña ya ha aprobado el calendario laboral para 2026, que define los festivos comunes de toda la Comunidad Autónoma y sirve como referencia para poder planificar las vacaciones y días festivos a lo largo del año.
En total, hay 12 festivos autonómicos y dos festivos locales que establece cada Ayuntamiento. Estas fiestas locales son retribuidas y no recuperables.
Serán fiestas laborales en Cataluña durante el año 2026:
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01/01/2026 – Año Nuevo (Cataluña)
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06/01/2026 – Reyes (Cataluña)
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03/03/2026 – San Medín (Sant Cugat del Vallès)
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03/04/2026 – Viernes Santo (Cataluña)
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06/04/2026 – Lunes de Pascua (Cataluña)
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01/05/2026 – Fiesta del Trabajo (Cataluña)
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24/05/2026 – Pascua Florida (Barcelona)
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24/06/2026 – San Juan (Cataluña)
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29/06/2026 – San Pedro (Sant Cugat del Vallès)
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15/08/2026 – Asunción de María (Cataluña)
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11/09/2026 – Diada Nacional de Cataluña (Cataluña)
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24/09/2026 – La Mercè (Barcelona)
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12/10/2026 – Fiesta del Pilar (Cataluña)
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08/12/2026 – Inmaculada Concepción (Cataluña)
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25/12/2026 – Navidad (Cataluña)
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26/12/2026 – San Esteban (Cataluña)
Recordamos que el derecho a disfrutar de las vacaciones retribuidas está reconocido en el Estatuto de los Trabajadores y es irrenunciable, lo que significa que un trabajador no puede sustituir voluntariamente las vacaciones por una compensación económica.
Las vacaciones deben disfrutarse dentro del periodo anual, ya que, como norma general, caducan y se pierden si no se utilizan en dicho plazo.
El periodo de vacaciones anuales retribuidas no puede ser inferior a 30 días naturales por año trabajado (equivalente aproximadamente a 22 días laborables), aunque puede variar en función del convenio colectivo aplicable.
Un cordial saludo,
Tramit Sant Cugat
Octubre 2025


