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CONTROL DE TENENCIA DE CRIPTOMONEDAS

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Control de tenencia de criptomonedas

Apreciados clientes,

Os trasladamos información sobre el control de tenencia de criptomonedas, ya que el próximo año Hacienda solicitará una información más exhaustiva a todos los contribuyentes.

Se trata de un nuevo documento fiscal de Hacienda titulado “Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero”, que servirá para declarar este patrimonio. Por medio del modelo 721, el Ministerio de Hacienda obligará a quienes tengan monedas en el extranjero a informar de sus ganancias y del saldo que poseen.

Los contribuyentes con criptomonedas tendrían que presentar entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023 una declaración anual informativa que refleje tanto las operaciones como los saldos.

Para realizar el modelo 721 Hacienda pedirá diferente información personal. Entre la que se encuentra:

• Número de identificación fiscal, nombre y apellidos, número de teléfono y dirección.
• Datos de la persona o entidad que proporciona servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros: Nombre y apellidos, denominación completa y razón social.
• Información relacionada con el país en el que se encuentra la empresa o persona que guarda, tiene en su poder o transfiere las criptomonedas. Para ello, se solicitará que en el documento aparezca el código del país de residencia fiscal de la persona o entidad en cuestión.
• El Número de monedas que había desde el principio y las que queden en el balance final, a 31 de diciembre. Habrá que dejar constancia de las que se han recibido y las que se han enviado.
• Sobre las operaciones, también habrá que indicar el tipo de criptomoneda manejada, el valor equivalente en euros y la cifra de las comisiones generadas.

El modelo 721 está actualmente en fase de audiencia pública, aunque se espera que entre en vigor en 2023, fecha a partir de la que se tendrán que declarar las criptomonedas que correspondan al ejercicio 2022.

No obstante, si bien Hacienda exigirá varios requisitos y declaraciones exhaustivas, hará una excepción para los que tienen pequeñas cantidades de criptomonedas en carteras digitales. Quienes para el 31 de diciembre no tengan un saldo de 50.000 euros en monedas virtuales, no tendrán que declarar impuestos.

Otros dos modelos tributarios que van dirigidos a los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV):
Se trata de los Modelos 172 y 173, que enmarcan a empresas que residan en España y sean clave en el comercio y tenencia de criptomonedas.

El Modelo 172 exige la declaración de saldos en monedas virtuales. Se trata de los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales, a cargo de quienes proporcionen servicios en nombre de terceros para salvaguardar claves privadas.
Y el 173, establece la obligación de informar todas las operaciones que ejecute una empresa ligada a bitcoin, tanto en España como en el exterior. La adquisición, transferencia, permuta y transmisión, así como cobros y pagos en esos activos, son parte de lo que hay que declarar.

Si necesita más información, no dude en contactar con Tràmit a través de administracio@tramitserveis.cat o llamando al 93 820 53 73

Sant Cugat del Vallés a 6 de julio de 2022

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