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INTRASTAT 2021: OBLIGACIÓN DE PRESENTACIÓN DEL MODELO

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INTRASTAT 2021

Inicio obligación de presentación declaraciones de Intrastat a AEAT para 2021

 

Les informamos que todas aquellas empresas que hayan superado en 2020 el umbral estadístico de 400.000,00 euros anuales ,  en compras o ventas intracomunitarias, estarán obligadas a la presentación de la declaración de Intrastat mensual ante la AEAT.

  • La declaración de expedición se deberá presentar cuando se hayan realizado operaciones como la salida de mercancías destinadas a otros países de la UE y que superen los 400.000 euros el año anterior. Asimismo, deberá presentarse declaración cuando en el curso del año se alcance dicho valor acumulado.
  • La declaración de introducción se deberá presentar cuando se hayan realizado operaciones que supongan la entrada de mercancías procedente de otros países de la UE y éstas superen los 400.000 euros el año anterior. Por lo tanto, deberá presentarse declaración cuando en el curso del año se alcance dicho valor acumulado.
  • Los obligados a presentar declaración en un determinado flujo que no realicen operaciones en un mes, deberá presentar declaración sin operaciones referidas a dicho mes.

 

Aquellas empresas que haya superado dicho umbral estadístico, deberán de iniciar la presentación de las declaraciones de Intrastat antes del día 12 de febrero,  y así mensualmente  ( si es sábado , domingo o festivo se presentará el primer día hábil siguiente ).

 

*Los intercambios de mercancías con Estados miembros de la U.E. que tengan procedencia o destino a las Islas Canarias o las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla no se declaran en Intrastat.

 

Por otro lado, y de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de INTRASTAT, las declaraciones INTRASAT deben conservarse durante los veinticuatro meses siguientes al período de referencia.

 

Finalmente detallamos los datos necesarios para poder realizar el modelo Intrastat:

  • Descripción de las mercancías.
  • Código de la nomenclatura combinada aplicable. Son los conocidos popularmente como Códigos INTRASTAT, cuya relación completa está disponible en la web www.oficinadeintrastat.com.
  • Estado miembro de procedencia (flujo introducción) o destino (flujo expedición).
  • Provincia de destino (flujo introducción) u origen (flujo expedición).
  • Naturaleza de la transacción (compraventa, devolución, arrendamiento financiero, etc.).
  • País de origen: es el país donde se hayan producido íntegramente las mercancías.
  • Masa Neta: se debe expresar en kilogramos, sin tener en cuenta los envases y embalajes de la mercancía.
  • Unidades suplementarias: aquellas que reflejan cuantitativamente las mercancías utilizando una unidad de medida distinta a los kilogramos expresados en la masa neta (por ejemplo, en caso de automóviles, el número de unidades introducidas o expedidas).
  • Importe facturado: expresado en euros y sin incluir ni el IVA ni los Impuestos Especiales que pudiesen ser de aplicación.

Desde nuestro despacho podemos ayudar a cualquier empresa a la presentación de este modelo .

 

Si necesita más información, no dude en contactar con Tràmit a través de administracio@tramitserveis.cat o llamando al 93 820 53 73

Sant Cugat del Vallès a 03 de febrero de 2021

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