RDL 11/2020 MEDIDAS ALQUILER VIVIENDAS COVID19
Según se especifica en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19, se aprueban medidas sociales para el alquiler de viviendas que se comentan a continuación.
- Microcréditos para pagar el alquiler
Conforme al real decreto-ley aprobado, el Estado pone a disposición de los inquilinos de pequeños propietarios (aquellos que poseen menos de ocho viviendas) microcréditos a tipo de interés 0 para que las personas que queden en situación de vulnerabilidad puedan pagar el alquiler. Se deberán devolver a 6 años ampliables a 10 en caso de dificultades.
- Grandes propietarios: quita del 50%
Los grandes tenedores de vivienda -fondos, socimis e inmobiliarias- deben realizar una quita del 50% o bien una reestructuración de la deuda en 3 años. Y, en cualquier caso, los inquilinos de viviendas de estos propietarios también pueden acogerse a las líneas de ayuda públicas. Los grandes tenedores, dice el Gobierno, “deben arrimar el hombro y hacer un esfuerzo como todo el mundo”.
- El Estado pagará el alquiler a los más vulnerables
El Estado pagará el alquiler de las personas que después de la crisis se mantengan en la vulnerabilidad hasta 900 euros al mes y 200 euros destinados al pago de suministros, mantenimiento, etcétera.
- Prórroga de los arrendamientos
Prórroga extraordinaria de 6 meses de los contratos de alquiler de vivienda habitual para evitar subidas abusivas aprovechando la situación creada por la COVID-19.
- Suspensión de los desahucios
El Ejecutivo ordena la suspensión de los desahucios sin alternativa habitacional durante seis meses tras el fin del estado de alarma. De esta manera, dice el Gobierno, “nadie se quedará sin hogar durante la crisis del coronavirus”.
Sant Cugat a 2 de abril 2020