Últimas novedades

LA NUEVA LEY DE PATERNIDAD (2021)

Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors

LA NUEVA LEY DE PATERNIDAD

Las prestaciones por maternidad y paternidad se unifican en una única prestación denominada nacimiento y cuidado de menor.

 

A partir del 1 de enero de 2021, se amplía la baja de paternidad a 16 semanas.

 

  • Los dos permisos serán iguales e intransferibles para ambos progenitores, no se podrán ceder al otro progenitor y pasarán a llamarse permisos por nacimiento, que incluye parto o adopción y el cuidado del menor de 12 meses.
  • Cada progenitor disfrutará de igual periodo de suspensión del contrato de trabajo, incluyendo seis semanas de permiso obligatorio para cada uno de ellos.
  • El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor de doce meses, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa.
  • Las 16 semanas serán un derecho para ambos progenitores, ya ninguno podrá ceder este derecho al otro.
  • Las prestaciones por maternidad y paternidad se unifican en una única prestación denominada NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR.
  • Las semanas no obligatorias son un derecho y no una obligación, de modo que se puede renunciar acogerse a esta suspensión.
  • Se suprime el permiso de dos días por nacimiento.
  • Durante la suspensión del contrato por nacimiento se cobra el 100% de la base reguladora del sueldo. Es la Seguridad Social quien realiza el pago de la prestación, y no se incluyen dietas, cheques restaurante o plus de transporte.
  • Tras la suspensión por nacimiento se establece que la reincorporación ha de ser al mismo puesto de trabajo y con la misma jornada, salvo que se haga uso del derecho a la reducción de jornada.
  • El trabajador que esté en suspensión de contrato por nacimiento, tiene derecho al disfrute de sus vacaciones en un período distinto.
  • La prestación durante la suspensión del contrato por nacimiento está exenta del IRPF.

 

Si necesita más información, no dude en contactar con Tràmit a través de administracio@tramitserveis.cat o llamando al 93 820 53 73

Sant Cugat del Vallès a 26 de enero de 2021

TU PROYECTO ES NUESTRO RETO

Llama al 938 205 373, escribe un e-mail a
administracio@tramitserveis.cat o realiza tu consulta en el siguiente formulario:



    He leído y acepto la Política de Privacidad

    Últimas novedades

    Posts relacionados

    NUEVA LEY POR EL DERECHO A LA VIVIENDA

    NUEVA LEY POR EL DERECHO A LA VIVIENDA

    El BOE de 25 de mayo 2023 ha publicado la ley 12/2023, de 24 de mayo, la nueva ley por el derecho de la vivienda Este nuevo régimen entrara en vigor el 1 de enero de 2024. NOVEDADES DE LA LEY POR EL DERECHO A LA VIVIENDA Esta ley busca establecer una regulación...