PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA de 661’08€ PARA LOS AUTÓNOMOS DE TEMPORADA
SÓLO PARA AUTÓNOMOS QUE NO HAN ESTADO DE ALTA DESDE EL 01/03/2020
Se entregará el 70% de la base reguladora mínima de cotización, es decir, 661’08€ (70% de 944’40 €)
Requisitos
- Haber estado de alta de autónomos mínimo 5 meses entre marzo y octubre de 2018 y de 2019
- No haber trabajado para terceros más de 120 días entre el 01/03/2018 y el 01/03/2020
- No haber sido de alta de autónomos entre marzo y junio de 2020
- No haber recibido prestaciones de la Seguridad Social entre enero y junio de 2020 incompatibles
- No haber obtenido durante el 2020 rendimientos superiores a 23.275 €
- Estar al corriente de pago de las obligaciones con la Seguridad Social
Documentación necesaria
- Fotocopia del DNI en vigor
- Mail y teléfono de contacto.
- Justificante de los ingresos (nóminas, declaración renta del 2019, modelo 390 de 2019).
- IBAN (número de cuenta bancaria).
- Certificado digital
Solicitud
- A partir del 01/06/2020 hasta el 31/10/2020.
- Por vía telemática, se resolverá por orden de envío y se pagará por transferencia
Si desea que lo tramitemos desde Tràmit el coste es de 100 euros + IVA
Mail de contacto: administracio@tramitserveis.cat
Sant Cugat a 23 de julio 2020