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CAPITALIZACIÓN DEL PARO

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Capitalizar el paro es una forma de apoyo a personas desempleadas interesadas en iniciar su propio negocio como autónomo o socio de una S. L y ayudarlas así a hacer frente a la inversión necesaria para crear un negocio.

Ya que esta opción les permite cobrar en un solo pago el importe pendiente de la prestación por desempleo (de nivel contributivo).

¿Quién puede solicitar la Capitalización del Paro?

Pueden solicitar el pago único del desempleo los siguientes beneficiarios de la prestación contributiva, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • No estar de alta en Seguridad Social.
  • Tener pendiente de recibir, al menos, 3 mensualidades.
  • No haberse beneficiado de otro pago único en los 4 años anteriores.
  • Acreditar el alta como autónomo estableo la incorporación como socio trabajador de una cooperativa, sociedad laboral o mercantil.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la fecha de aprobación del pago único.
  • No haber impugnado el despidoque diera lugar a la situación de desempleo. En estos casos no se podrá solicitar la capitalización hasta que se haya resuelto el expediente de impugnación.

¿Cuáles son las modalidades de Capitalizar el Paro?

Las modalidades son las siguientes;

  • Pago único (100%): los que realicen una inversión pueden financiarla con hasta el 100% de la prestación de desempleo que les reste por percibir.

    En caso de necesitar sólo una parte, por ejemplo, el 50%, el resto se irá percibiendo mediante la compensación de las cuotas mensuales de autónomos efectivamente pagadas.

  • Pagos mensuales:los que no realicen una inversión podrán destinar el 100% de su prestación pendiente a compensación de las cuotas mensuales de autónomos

¿Como es la Capitalización del Paro para personas jóvenes?

Actualmente, los hombres de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 pueden capitalizar el 100% del paro para el pago único de la inversión.

¿Como es el pago único para personas discapacitadas?

Las personas con una discapacidad mayor o igual al 33% pueden solicitar el 100% de la prestación contributiva en un pago único.

¿Como se capitaliza el paro en sociedades laborales y cooperativas?

Siempre que se incorporen de manera estable a la empresa, los socios de cooperativas y sociedades laborales pueden optar entre:

  • Un único pago de la cantidad a desembolsar como aportación al capital social.
  • Si dicho importe fuese inferior a la prestación pendiente de percibir, el resto se podrá dedicar a compensar las cuotas mensuales de autónomos.
  • Solicitar el 100% de la prestación pendientede cobro para compensar las cuotas mensuales de autónomos.

 ¿Dónde se solicita la Capitalización del Paro?

Se solicita a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), junto una solicitud y una memoria de la actividad.

¿Exenciones del Pago Único?

El 100% de las cantidades percibidas al capitalizar el paro mediante el pago único del desempleo están exentas del IRPF.

Para más información pueden contactarnos por email en administracio@tramitserveis.cat o al número de teléfono 93 820 53 73.

 

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